Acción legal presentada ayer para anular el procedimiento de modificación del Plan Regulador Comunal, que fue autorizada por la municipalidad porteña, pretende evitar el vamos al millonario proyecto inmobiliario del Borde Costero, que involucra una fuerte inversión de parte de la Empresa Portuaria de Valparaíso(EPV).
Una demanda para la anulación de derecho público fue presentada ayer en contra del procedimiento de modificación del Plan Regulador Comunal de Valparaíso y en particular contra el acuerdo Nº 82 del Concejo de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, a través del cual se aprobó cambiar el Plan Regulador (PR) de la ciudad porteña, dando el vamos al millonario proyecto inmobiliario Plan de Apertura y Transformación del Borde Costero. Éste involucra una inversión de parte de la Empresa Portuaria de Valparaíso de (EPV) de US$11 millones, para la adquisición de terrenos, así como un proceso de licitación pública, que contempla una inversión privada de más de US$100 millones.
La acción legal que fue presentada por la abogada Ana Eugenia Fullerton, pretende proteger las zonas establecidas en el Plan Regulador de Valparaíso, en específico, la correspondiente a las áreas de faenas del puerto, la franja litoral de preservación del medio ambiente costero y la de equipamiento complementario al puerto, de usos mixtos. Todas las anteriores hasta ahora habían sido autorizadas sólo para tener equipamiento portuario, ferroviario, pesquero y recreativo; comercio u oficinas; bodegas y acopio de contenedores, así como para talleres artesanales, y para áreas verdes y de vialidad.
Sin embargo, para que el proyecto Borde Costero pudiera continuar adelante, debía sí o sí modificarse el Plan Regulador, petición que ya había sido rechazada el 2 de junio de 2004, pero que finalmente se aprobó el 18 de septiembre de 2004, por el Concejo Municipal de Valparaíso, hecho que hoy se quiere anular. Los opositores al proyecto Borde Costero son el Comité de Defensa de Valparaíso (que agrupa a ATTAC Valparaíso, Centro Cultural de Playa Ancha, Ciudadanos por Valparaíso, Comité de Defensa Cerro Esperanza y Placeres, Comité de Defensa de Placilla, Comunidad para el Desarrollo Humano, Foro Valparaíso Posible, Junta de Vecinos de Etchegaray, Movimiento Confianza, las ONG Cívica, Sur y Territorio Sur, y el Sindicato de Trabajadores y Cuidadores Marítimos) y la Federación de Trabajadores Portuarios de Valparaíso (FTPV).
Para que este modelo de financiamiento sea posible para EPV, tal como ellos lo mencionan en su página web (www.portvalparaiso.cl), se exige disponer de un Plan Regulador que permita la generación de recursos por combinación de usos en la ocupación de los suelos del terreno, es decir, de poca altura para usos comerciales: cines, restaurantes, tiendas, juegos infantiles, servicios (bancos, telefonía, etc.), e intensivos en altura (de 5 a 15 pisos), para uso habitacional (vista al mar aumenta al menos 30% el precio del m2), hotelería 5 estrellas y oficinas.
Las 10 irregularidades
Diez son las ilegalidades que Fullerton advierte en el proceder del Concejo Municipal de Valparaíso para modificar el Plan Regulador. En primer lugar, a su juicio, es evidente ‘’la existencia de dos procedimientos de modificación del Plan Regulador Comunal de Valparaíso, reunidos en uno para efectos de su procedimiento de aprobación. En ninguno de ellos se ha respetado a cabalidad las normas legales que regulan el procedimiento de modificación señalado en el artículo 43 y siguientes de la Ley General de Urbanismo y Construcción y articulo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción’’, explica Fullerton.
La segunda ilegalidad consignada por la abogada no sólo toca al Consejo Municipal, presidido por el alcalde Hernán Pinto (DC), sino también a la EPV.
Según Fullerton, ‘’la propuesta de modificación no ha sido elaborada por la Municipalidad de Valparaíso, sino por la Empresa Portuaria de Valparaíso, en consideración de sus propios intereses y no de los intereses sociales que deben dirigir cualquier modificación del Plan Regulador Comunal.
«Eso queda de manifiesto en el convenio suscrito por la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, en la cual expresa en su considerando Quinto: Que la empresa portuaria de Valparaíso, para tal efecto, solicitó la tramitación de una modificación…al Plan Regulador Comunal de Valparaíso…. En este caso la vulneración de las normas precitadas no constituye sólo un aspecto formal, pues importa el modificar el instrumento de planificación no sólo a solicitud de un particular, sino de acuerdo al proyecto arquitectónico presentado por él mismo, constituyendo una acción aislada de regulación, sin consideración de los intereses sociales, circunstancia que está expresamente prohibida por la Circular Ordinaria Nº 55 del Departamento de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo’’.
Fullerton añade: ‘’Es más, la referida circular dice: Llevados a nivel comunal, estos conceptos deben expresarse en la construcción de una ciudad amable y a la escala de las personas, en la que se perciba el equilibrio entre los intereses particulares y el bien común. Si bien alguna vez se sostuvo que bastaría la iniciativa de cada inversionista para lograr la articulación de las actividades en el territorio, se ha visto que ésta por sí sola no garantiza la armonía del conjunto, ni asegura la anticipación que requiere la previsión de espacio y de infraestructura para dar respuesta a los requerimientos de las ciudades’’.
La tercera ilegalidad tiene relación con que la propuesta de modificación no contiene definición de vialidad, como dispone el Art. 2.1.10 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización (OGUC) en su numeral primero letra B, donde se afirma que la Memoria Explicativa –que es el documento que integra el Plan Regulador Comunal- debe contener como mínimo el diagnóstico del área afectada. ‘’Eso, de conformidad a la misma norma, debería efectuarse recurriendo a estudios especiales, entre otros, de capacidad vial, de las vías existentes y proyectadas, para satisfacer el crecimiento urbano en un horizonte, al menos, de 10 años’’, argumenta la defensora.
‘’En esta Memoria Explicativa no existe tal especificación. Y ese tema no debería dejar lugar a generalidades, vaguedades o confusiones, sino que debiera precisar cuál es la capacidad vial. Más encima siendo que el área referida es de difícil conectividad. No se define vialidad. La Memoria Explicativa, en este sentido, tiende a hacer sinónimos la vialidad, que ha de ser bien nacional de uso público, con espacio público de uso preferentemente peatonal’’, agregó Fullerton.
Las otras ilegalidades serían:
4) La propuesta de modificación no contiene estudio de factibilidad de agua potable y alcantarillada de acuerdo a la demanda proyectada.
5)La modificación del plan regulador comunal no se efectuó de conformidad a las disposiciones del Plan Intercomunal de Valparaíso vigente.
6)La modificación del plan regulador comunal no se ha informado a los vecinos, ni a las organizaciones territoriales.
7)No se ha consultado la opinión del consejo económico y social, en la forma legal.
8)No se consideraron las observaciones efectuadas por los ciudadanos de Valparaíso.
9)No se ha sometido el proyecto de modificación del plan regulador comunal a un estudio de impacto ambiental, sino solo se ha presentado una declaración de impacto ambiental, la cual, en todo caso, no se encuentra aprobada.
10)La modificación del plan regulador comunal evade las normas sobre enajenación de los bienes inmuebles situados al interior de los recintos portuarios
La maravilla de Borde Costero
La compañía EPV está constituida, en su directorio, por Gabriel Aldoney Vargas (presidente), Juan Foxley Rioseco (director), Claudio Agostini González (director), Raúl Carrasco Silván (director), Iván Valenzuela Rabí (director) y Rubén Vilches López (representante de los trabajadores).
Decididos a llevar adelante el Plan de Apertura y Transformación del Borde Costero de Valparaíso, han informado que la idea ‘’se diferenciará positivamente de otros proyectos por los siguientes atributos: un anfiteatro natural de vista al mar; amplia conectividad de Valparaíso ‘’con una macro región y con Santiago, y con la cercanía de dos estaciones Merval, Francia y Barón’’; la marca Valparaíso, que ‘’sinergice sus atributos a favor de la imagen de la ciudad, en cuanto crea un borde costero de nivel internacional, y a la vez la marca Valparaíso hace ese borde costero atractivo para los visitantes’’; planificación urbana y altos estándares de construcción, ‘’dado el valor estratégico de estos terrenos, los inversionistas privados deberán cumplir con altos estándares de construcción determinados en las bases de licitación’’.
Fuente: http://www.elmostrador.cl/modulos/noticias/constructor/detalle_noticia1.asp?id_noticia=147056