Corporación de Estudios Sociales y Educación
Santiago de Chile, domingo 12 de mayo de 2024

[PARA DESCARGAR]: Con subsidio, sin derecho. la situación del derecho a una vivienda adecuada en Chile

http://www.sitiosur.cl/r.php?id=941

 

Autores: Susana Aravena, Jordi Borja, Patricia Boyco, Alonso González,Fernando Jiménez, Francisco Letelier, Alfredo Rodríguez, Paula Rodríguez, Raquel Rolnik, Alejandra Sandoval, Ana Sugranyes, María Elvira Valdivieso

Su origen fue un informe realizado por SUR Profesionales el año 2013 para el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), sobre “el ejercicio y cumplimiento del derecho humano a una vivienda adecuada de las personas chilenas y migrantes que residen en distintas formas de asentamientos”. El estudio examinó el estado de los atributos del derecho a la vivienda —incluidos aspectos relacionados con la seguridad jurídica de la tenencia; disponibilidad de servicios, materiales e infraestructuras; gastos soportables; habitabilidad; asequibilidad; localización; adecuación cultural—, en diferentes tipos de asentamientos.

El libro se estructura a partir de un capítulo inicial, “subsidio sin derecho”, que revisa la situación del derecho a una vivienda adecuada en Chile. Este análisis parte de los derechos sociales, económicos y culturales y su especificidad en los territorios, y de la función social del derecho de propiedad; esto es, el uso del suelo para el beneficio de la sociedad, más allá de las condiciones de compensación en caso de expropiación, como lo establece la Constitución vigente. Explica cómo se han ido construyendo lentamente los estándares internacionales del derecho a la vivienda y en qué consisten los atributos del mismo. Para situar el alcance de los derechos colectivos, aborda las conquistas políticas de la ciudadanía en distintos países de América Latina, que permiten ahora ir formulando los instrumentos legales necesarios para el ejercicio del derecho a la ciudad. Con estos antecedentes, el capítulo analiza los desafíos necesarios de tener en cuenta para que el derecho humano a una vivienda adecuada sea efectivo en Chile. Y ello no solo en el caso de aquellos en los que aún no se ha verificado, sino también en el de quienes han sido beneficiarios del subsidio habitacional y puedan descubrir ahora el derecho a tener derecho.

En el cuerpo central, se presentan diez estudios de situaciones habitacionales particulares y tres entrevistas complementarias, todos correspondientes a distintas vulneraciones al derecho a una vivienda adecuada. Entre ellas, las referidas a los atributos de seguridad jurídica de la tenencia (desalojos, pérdida de centralidad), vivienda habitable (deterioro físico y social), gastos de vivienda soportables (pagos no razonables, deudas exorbitantes), acceso a la vivienda (tomas de terrenos, arriendos ilegales), vivienda asequible (inadecuación a personas discapacitadas), adecuación cultural de la vivienda (discriminación de género y étnica).

En el capítulo final, “suburbios sin derechos”, se señala que el derecho a la vivienda es un derecho programático, cuya efectividad depende de una gran cantidad de actores: gobiernos, organizaciones sociales, agentes del suelo, entre otros. Sin embargo, como derecho humano —y, en esa condición, situado en un ámbito moral—, el derecho a la vivienda tiene su base en valores que superan las ideologías políticas. El derecho a la ciudad “se perfecciona”.
 

En este libro, un conjunto de autores revisa la situación del derecho a una vivienda adecuada en Chile, tomando en consideración los derechos sociales, económicos y culturales y su especificidad en los territorios, y la función social del derecho de propiedad. El punto de partida es la construcción de los estándares internacionales del derecho a la vivienda, y su aplicación en la institucionalidad y práctica en Chile.

Para el examen del derecho a una vivienda adecuada en nuestro país, se presentan diez estudios de situaciones habitacionales particulares y tres entrevistas complementarias, correspondientes a distintas vulneraciones de los atributos del derecho a una vivienda adecuada: seguridad jurídica de la tenencia; disponibilidad de servicios, materiales e infraestructuras; gastos de vivienda soportables; vivienda habitable; vivienda asequible; emplazamiento adecuado y adecuación cultural de la vivienda.

Los artículos y los casos incluidos hacen presente que el derecho a la vivienda está vinculado a otros derechos humanos, de los cuales es inseparable. Y postulan que, en la práctica, está estrechamente ligado a propuestas de políticas de desarrollo urbano basadas en el derecho a la ciudad. Desde esta perspectiva, ni la ciudad ni las viviendas pueden quedar en manos de los gobiernos, de los agentes del suelo o de la banca. A la ciudadanía organizada le corresponde guiar su producción, en el marco de la conquista y formalización vinculante de sus derechos legítimos.

El derecho humano a una vivienda adecuada forma parte del Pacto Internacional de los Derechos Económicos Sociales y Culturales (PI- DESC), adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1966. Este Pacto, referido globalmente al derecho a un nivel de vida adecuado, a continuación desglosado en sus distintos componentes, fue suscrito por Chile el 16 de septiembre de 1969, y aceptado por el Decreto 326, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 27 mayo 1989, que en su artículo 11, inciso 1, establece concretamente: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento. (Énfasis agregado).

Veinticinco años después, continúa abierto e incumplido el desafío de ir precisando este derecho en leyes; en políticas públicas, planes y programas; en garantías, estándares y obligaciones para que sea efectivo, como todos los demás derechos humanos, universales e indivisibles.

Ocurre, sin embargo, que en nuestro país la vivienda y la tierra aún no han logrado adquirir el rango de objetos de derechos humanos. Se han transformado en mercancías, en bienes materiales que se adquieren en propiedad y que se transan por su valor de cambio. Como señalaba el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) en la preparación el Mensaje Presidencial de 1976: "La vivienda es un derecho que se adquiere con esfuerzo y ahorro, para lo cual la familia y el Estado comparten su cuota de responsabilidad". Definición mercantilizada (la vivienda se adquiere), que no se condice con la concepción de los derechos humanos como "derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición".

 

+INFO: http://www.sitiosur.cl/con-subsidio-sin-derecho.php



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